El Tribunal de Justicia de la UE se pronunció contra el canon digital español que grava a los fabricantes de CDs, DVDs, MP3 y otros equipos de reproducción "de forma indiscriminada", aunque admitió que se puede cobrar un extra a los usuarios privados.
La ley española de propiedad intelectual, que ha ampliado su ámbito desde 2003 e impone tasas a los aparatos e instrumentos de reproducción que pueden servir para hacer copias, no respeta el concepto de "compensación equitativa" definido en una directiva europea de 2001 sobre los derechos de autor ni el "justo equilibrio entre los afectados", en particular por imponer gravámenes a los fabricantes y los compradores profesionales.
Aunque reconoce el derecho de los Estados miembros a recaudar dinero para compensar a los autores, el alto tribunal de Luxemburgo considera que "la aplicación indiscriminada del canon en relación con todo tipo de equipos, aparatos y soportes de reproducción digital, incluido el supuesto de que éstos sean adquiridos por personas distintas de las personas físicas para fines manifiestamente ajenos a la copia privada, no resulta conforme con la directiva" europea sobre los derechos de autor.
Sentencia en PDF
Fuente: El Mundo
0 comentarios:
Publicar un comentario