El valor de las patentes

. 19 abril, 2010
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El próximo jueves 22 de abril tendrá lugar en la Asociación de Empresarios una jornada informativa sobre la propiedad industrial (patentes y marcas); aprovechando la ocasión para explicar las subvenciones a las que se pueden acoger las empresas para cubrir los gastos que éstas conllevan.

El objetivo que se persigue con esta jornada es dar a conocer las posibilidades y vantajas que ofrece la propiedad industrial; cómo a través de la protección de los diseños industriales, invenciones y productos se consigue proyectar una mejor imagen de la empresa, así como defenderse del plagio y contar con instrumentos de diferenciación ante los clientes, es decir, se ofrecerá una visión de las patentes como una solución técnica que puede aportar valor.


Fecha - hora:  Jueves, 22 de abril de 16:30 a 18:30.

Lugar:  Sala de Juntas. Asociación de Empresarios Polígono San Cibrao.

Ponentes:

  • D. Carlos Hernández – Agente de la propiedad industrial de UDAPI & Asociados (Especialista en propiedad industrial).
  • D. Alejandro Montón, Director de Expansión y Marketing de UDAPI & Asociados.

Se ruega confirmen asistencia a través del número de teléfono 988 383 756, por correo electrónico multiusos@poligonosancibrao.com, por fax 988 228 902 o en las oficinas del Edificio Multiusos.

Fuente: http://www.poligonosancibrao.com/index.php/portal/noticias/113

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La OMPI prestá servicios de solución de controversias a la industria de formatos de programas televisivos

El Centro de Arbitraje y Mediación de la OMPI (el Centro de la OMPI) y la asociación The Format Recognition and Protection Association (FRAPA) empezarán a colaborar, a finales de mes, en la prestación de servicios alternativos de solución de controversias en los casos de plagio o copia no autorizada de formatos televisivos, como los que se dan en los programas concurso, los programas de telerrealidad y los de descubrimiento de talentos y las comedias televisivas. Con frecuencia, los programas con este tipo de formatos se adaptan en mercados diferentes con intervinientes locales.


Si bien la comercialización de formatos televisivos es un fenómeno en auge y la industria de formatos una actividad floreciente, ésta se caracteriza por una intensa competencia y frecuentes controversias. Tales controversias, referidas a menudo al uso no autorizado de formatos que son propiedad de terceros, tienen difícil solución en los tribunales debido a las diferencias que presentan las correspondientes legislaciones nacionales en este ámbito.

En el marco de esta nueva colaboración, el Centro de la OMPI se hará cargo de la actual actividad de mediación de la FRAPA y administrará los litigios relacionados con formatos televisivos que se interpongan en virtud del Reglamento de Mediación y Arbitraje Acelerado de la OMPI para medios audiovisuales y cinematográficos.

Dicho Reglamento, introducido en diciembre de 2009, establece un procedimiento específicamente adaptado a las características particulares de las controversias que se plantean en el sector de los medios audiovisual y cinematográfico. El Reglamento prevé el nombramiento de un especialista de entre el grupo internacional de mediadores, árbitros y expertos de la OMPI en los medios cinematográfico y audiovisual. Además, el Centro de la OMPI y la FRAPA tienen previsto impartir formación especializada y ofrecer sesiones informativas sobre la solución de controversias en materia de formatos.

Fuente: OMPI

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Las redes P2P de intercambio de archivos son legales

Ésa es al menos la doctrina que se deriva de una sentencia del Juzgado Mercantil número 7 de Barcelon desestimando la demanda de la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) contra Jesús Guerra, al que acusaba de infringir a través de su página web Elrincondejesus la propiedad intelectual de obras musicales de su repertorio.

La sentencia no se limita a desestimar la demanda de la SGAE, a quien ha condenado a las costas, sino que entra en el fondo del asunto al afirmar que las webs de enlaces como la desarrollada por el demandado se limita a ofrecer la posibilidad de descarga a través de una red p2p, pero "no supone ni distribución, ni reproducción, ni comunicación pública de las obras sujetas a propiedad intelectual, ya que es un mero índice que facilita la búsqueda en redes de intercambio de archivos p2p mediante el sistema de menús, carteles o portadas con títulos de películas u obras musicales".


El fallo del juez Raúl N. García Orejudo es aún más rotundo e indica que "el sistema de enlaces constituye la base misma de Internet y multitud de páginas y buscadores (como Google) permiten técnicamente hacer aquello que precisamente se pretende prohibir en este procedimiento, que es enlazar a las redes p2p".

La sentencia, calificada de "histórica" por el abogado del demandado, Carlos Sánchez Almeida, rebate así los argumentos de la SGAE que acusaba a Jesús Guerra, de infringir la Ley de Propiedad Intelectual (LPI) por explotar obras sin tener los derechos para hacerlo, reproducirlas y hacer comunicación pública de ellas.

El fallo puede cambiar completamente la estrategia judicial contra las páginas de enlaces. Y es que se trata de la primera vez que por la vía civil- que sólo persigue una indemnización- se desestima totalmente una demanda contra la vulneración de la LPI.

No obstante, el panorama puede cambiar radicalmente en los próximos meses. El Gobierno prepara una completa modificación de la legislación, a través de la Ley de Economía Sostenible, por el que se podrán cerrar páginas web que alojen o faciliten sin permiso enlaces de archivos sujetos a derechos como filmes, música y videojuegos

Fuente: El País

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GOOGLE no podrá usar su marca “NEXUS”

El teléfono Nexus One de Google podría tener problemas de comercialización de no resolverse de forma favorable para el gigante de Internet el tira y afloja que mantiene con la firma Integra Telecom.

Google presentó la solicitud de patente  en diciembre, pocas semanas antes de lanzar su smartphone. Sin embargo, la Oficina de Patentes y Marcas de EE.UU no la ha aceptado por coincidir en su denominación “Nexus” con una inscrita por Integra Telecom, referente a la "transmisión de datos y voz, llamadas, rechazo de llamadas, devolución de llamadas, llamada en espera, ID del que llama, bloqueo de la ID y acceso de alta velocidad a una red global de ordenadores".

La firma de Mountain View podrá apelar esta decisión, pero no lo tendrá nada fácil a no ser que ultime un acuerdo millonario con la compañía propietaria de la marca. Esto no es descartable y ya habría ocurrido en el pasado con otros gigantes tecnológicos, como Apple que tuvo que “rendir cuentas” ante Cisco, quien regentaba la denominación “iPhone”.

Fuente: ITespresso

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